La Secretaría de Salud de Zacatecas (SSZ) alerta a la población sobre el uso de las pruebas rápidas para la detección del COVID-19, toda vez que para garantizar su eficacia deben contar con el aval de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris).
Con la finalidad de que los zacatecanos eviten practicarse una prueba serológica sin los estándares necesarios y por ende que garantice resultados confiables, a nombre del Secretario de Salud, Gilberto Breña, Manuel Escobar Badillo, director de Protección Contra Riesgos Sanitarios de la SSZ, señaló que las pruebas avaladas por la Cofepris están publicadas en su portal oficial.
Detalló que, ante la emergencia sanitaria por el nuevo Coronavirus, cada vez más se utilizan exámenes cualitativos para la detección de anticuerpos, sin embargo, son usados en muestras de sangre total, suero o plasma y el cassette de prueba rápida COVID-19 IgG/IgM sólo indica la presencia de anticuerpos SARS-CoV-2 en la muestra y por ende no debe usarse como criterio diagnóstico.
También explicó que, al comienzo de la fiebre, las concentraciones de anti-SARS-CoV-2 IgM pueden estar por debajo de los límites detectables, dando un resultado negativo sin descartar la infección. En ese sentido, para aquellos pacientes que han estado en contacto con el virus, se debe considerar como regla realizar pruebas de seguimiento con examen PCR-RT.
El funcionario dijo que el compromiso de la Cofepris es coadyuvar en la atención de esta emergencia al garantizar la eficacia de los resultados de las pruebas serológicas IgG e IgM para COVID-19, por lo que estableció un protocolo de evaluación en conjunto con el Instituto Nacional de Nutrición y Ciencias Médicas Salvador Zubirán y TecSalud del Tecnológico de Monterrey.
Estas instituciones, agregó Escobar, han realizado evaluaciones de las pruebas serológicas para determinar IgG e IgM para COVID-19 y, las autorizadas con base en estas evaluaciones son publicadas en la página de la Cofepris.
Asimismo, añadió que las pruebas para la medición de anticuerpos contra el Coronavirus SARS-CoV-2 deben tener en cuenta los siguientes aspectos:
- La prueba debe realizarse mediante solicitud escrita del médico tratante con firma autógrafa.
- Deben ser aplicadas únicamente por personal autorizado.
- Deben ser aplicadas en Laboratorios de Análisis Clínicos con Aviso de Funcionamiento.
- No está permitido el servicio a domicilio por particulares.
- Preferentemente las pruebas se deben realizar en personas con sintomatología respiratoria compatible con SARS-CoV-2.
- No se deben utilizar como procedimiento confirmatorio, o para diagnosticar o excluir la presencia de la infección por el virus SARS-CoV-2.
- La publicidad que derive de la promoción de estas pruebas debe contar con la autorización correspondiente.
- Como todo estudio de laboratorio, los resultados deben ser interpretados en conjunto con información clínica disponible para el médico.
- El resultado debe ser por escrito firmado por el responsable sanitario de acuerdo a los lineamientos emitidos por la Cofepris